lunes, 29 de diciembre de 2014

RECTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMO FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN DE LA SUBIDA A LA ENCOMIENDA DE ALFAMBRA


Una vez más, nos hemos visto obligados a realizar una nueva aportación para que se reconozca,
atendiendo a la legalidad vigente, toda la esencia, motivación y actos de la SUBIDA
A LA ENCOMIENDA, a través de un recurso, pues el Ayuntamiento de Alfambra no ha
aportado toda la información publicada al efecto, entendiendo como actos importantes
únicamente los que se han desarrollado en los últimos tres años, por lo que esta declaración
no se ajustaba a derecho y hubiera sido necesario retirarla, pues los citados actos deben tener
una antiguedad mínima en su representación de al menos 8 años y no 3 como en el caso de la
Leyenda de la enterrada viva.












      ACUERDO PRIMERO, estimar parcialmente el recurso de reposición presentado
por D. Juan José Barragán, y en consecuencia modificar la Orden de
l0 de julio de 2014 en el sentido siguiente:

Donde se afirma:
       "Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda
acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el
artículo 3 del Decreto295/2005, 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por
el que se regulan las Declaraciones de lnterés Turístico de Aragón, para ser
declarada Fiesta de lnterés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo popular,
manifestación de la tradición de la localidad que rememora la Leyenda de la
Enterrada Viva que tuvo lugar en la denominada Encomienda de Alfambra
y que se remonta al siglo XV.
       Las Asociaciones Culturales de la localidad, en colaboración con el
Ayuntamiento y demás entidades y personas vinculadas al municipio llevan a
cabo la organización de la fiesta, con participación activa de la población, cuyo

acto central es la representación teatral de la Leyenda mencionada junto con

otros actos destacados como la lectura del Romance de la Enterrada Viva, el

nombramiento del Maestre, los desfiles militares y la ordenación de Caballeros y

Damas, entre otros, que generan un significativo incremento del número de
turistas que asisten a la localidad con motivo de la fiesta.",


Debe decir:
       "Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda
acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el
artículo 3 del Decreto295/2005, 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por
el que se regulan las Declaraciones de Interés Turístico de Aragón, para ser
declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo
popular, manifestación de la tradición de la localidad, que rememora la historia y
tradición medieval de la villa de Alfambra.
       Las Asociaciones Culturales de la localidad, en colaboración con el
Ayuntamiento y demás entidades y personas vinculadas al municipio llevan a
cabo la organización de la fiesta, con participación activa de la población, cuyo

acto central es la representación teatral de la Leyenda mencionada junto con

otros actos destacados como la subida a la encomienda o castillo recreando

con antorchas la forma que tuvo, la lectura del Romance de la Enterrada Viva, el

nombramiento del Maestre, los desfiles militares y la ordenación de Caballeros y

Damas, entre otros, que generan un significativo incremento del número de
turistas que asisten a la localidad con motivo de la fiesta.".

jueves, 7 de agosto de 2014

La representación "el Sínodo de Comendadores" debería llamarse "Capítulo de Comendadores"

Como ya advertimos en una anterior edición, los Comendadores se reunían en un "capítulo". El término "sínodo" se reservaba para la reunión de Obispos.

Rogamos, por tanto, un poco más de rigor histórico, que en nada perjudica a las representaciones teatrales y su humor característico, al menos en esta.

Un saludo a todos.

jueves, 31 de julio de 2014

La Subida a la Encomienda, de Alfambra, declarada Fiesta de Interés Turístico Regional de Aragón




SECCIÓN III. Otras Disposiciones y Acuerdos.

Rango: ORDEN

Fecha de disposición: 10/07/14

Fecha de Publicación: 31/07/14

Número de boletín: 149

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Título: ORDEN de 10 de julio de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que la "Subida a la Encomienda" de Alfambra (Teruel) se declara Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Texto:

Visto el escrito y documentación presentados por D. Francisco abril Galve, Alcalde del Ayuntamiento de Alfambra (Teruel) para que la fiesta de la "Subida a la Encomienda", que tiene lugar en dicha localidad durante la Semana Santa, sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.
Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las Declaraciones de Interés Turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo popular, manifestación de la tradición de la localidad, que rememora la Leyenda de la Enterrada Viva que tuvo lugar en la denominada Encomienda de Alfambra y que se remonta al siglo XV.
Las Asociaciones Culturales de la localidad, en colaboración con el Ayuntamiento y demás entidades y personas vinculadas al municipio llevan a cabo la organización de la fiesta, con participación activa de la población, cuyo acto central es la representación teatral de la Leyenda mencionada junto con otros actos destacados como la lectura del Romance de la Enterrada Viva, el nombramiento del Maestre, los desfiles militares y la ordenación de Caballeros y Damas, entre otros, que generan un significativo incremento del número de turistas que asisten a la localidad con motivo de la fiesta.
Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alfambra y Memoria explicativa en la que se incluye la historia de la "Subida a la Encomienda", así como se relaciona la infraestructura turística con que cuenta la localidad y su zona periférica y se justifican acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas, con un dossier fotográfico, material audiovisual, artículos en prensa, folletos y carteles.
Viste el informe favorable a la declaración emitido por el Consejo Comarcal de la Comarca de la Comunidad de Teruel, de conformidad con el artículo 5.2 del citado Decreto 295/2005, de 13 de diciembre.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,
resuelvo:

Primero.- Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la "Subida a la Encomienda" que tiene lugar en Alfambra (Teruel) durante la celebración de la Semana Santa, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. número 62).

Segundo.- Publicar la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación. Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 10 de julio de 2014.

El Consejero de Economía y Empleo,
FRANCISCO BONO RÍOS

jueves, 17 de abril de 2014

Un error detectado en la representación del "Concejo" de Comendadores de la IX Subida a la Encomienda de Alfabmra

Siguiendo con nuestra tarea de asesoramiento histórica para la SUBIDA A LA ENCOMIENDA de Alfambra, que este año celebra ya su X edición, queremos aclarar lo siguiente:

La representación teatral denominada "Concejo" de Comendadores representa un enorme error histórico, pues en la Edad Media los Comendadores se reunían en un "Capítulo" y no en un "Concejo".

Los capítulos correspondían a las Órdenes Militares, como la de Santa María del Monte Gaudio, fundada en Alfambra, y los concejos eran instituciones de ámbito local donde se reunían los jurados que representaban a la villa. Sin embargo estos concejos están poco o mal definidos, de existir, en muchos casos, hasta la Sentencia de Escorihuela, año 1247, en que comienzan a desarrollar su independencia municipal, y por tanto, a sustituir gradualmente a las universidades, y finalmente a considerarse como los antecedentes de los ayuntamientos actuales.

Por tanto, rogamos se corrija el nombre de Concejo, por el de Capítulo, y todos contentos.
Un saludo a todos.

Juan José Barragán
I Comendador de la Subida a la Encomienda, 2005
Profesor de Historia


Dos imágenes de Comendadores de Alfambra, del pasado (arriba) y de la Subida (abajo)